Wednesday, October 6, 2021

Temas y personajes (83) en “El espejo enterrado” de Carlos Fuentes: Desde Juan Vicente de Güemes Pacheco y Padilla hasta José Leonardo Chirino, por Javier J. Jaspe

 En pocas palabras. Javier J. Jaspe

Washington D.C.  

La serie que continuamos hoy ha sido inspirada por un importante libro del renombrado autor mexicano, Carlos Fuentes, fallecido en 2012, considerado por muchos como una obra capital para el conocimiento de la historia y cultura latinoamericanas. Me refiero a El espejo enterrado, con el cual Fuentes aporta su luminosa y aleccionadora visión de los primeros 500 años transcurridos desde el  descubrimiento de América por Cristobal Colón en 1492. Esta obra fue publicada en su primera edición en México en 1998 y la que utilizamos corresponde a la décimacuarta reimpresión (Taurus bolsillo), junio 2005, 590 páginas.

El objetivo de la serie no es realizar un análisis de este libro, sino el de aportar breves textos adicionales encontrados en Intenet, sobre temas y personajes mencionados en el mismo, en las páginas que se indican entre paréntesis al lado de cada tema o personaje. Otros temas y personajes podrán agregarse, caso en el cual se mencionará al lado: (jjj). Los textos de Internet se transcriben en itálicas, en español o inglés, según sea el caso, con indicación de su fuente. Este octogésimo tercer artículo se refiere a temas y personajes que van desde Juan Vicente de Güemes Pacheco y  Padilla (1740 -1799) hasta José Leonardo Chirino (muerto en 1796). Veamos:

Virrey mexicano Revillagigedo (344) – “…Revillagigedo, Juan Vicente de Güemes Pacheco y  Padilla, segundo conde de….…Hijo de Juan Francisco Güemes de Horcasitas, primer conde de Revillagigedo, virrey de la Nueva España de 1746 a 1755, y capitán general de la isla de Cuba. Nació en La Habana en 1740 (otros señalan 1738). Hizo carrera militar en las tropas de la casa real, en las que llegó a ser teniente coronel del regimiento de guardias españolas, cuyo cuerpo mandó contra los ingleses durante el sitio de Gibraltar.

Fue designado virrey de la Nueva España, cargo que desempeñó del 17 de octubre de 1789 al 11 de julio de 1794, además de asumir los puestos de presidente de la Audiencia y capitán general. Una aurora boreal que causó admiración y temor entre la población, anunció su llegada a la capital de la colonia. Al comienzo de su mandato impresionó a la gente por el castigo pronto y ejemplar que impuso a los asesinos de Joaquín Dongo y diez de sus criados y dependientes. Le correspondió hacer también la proclamación del rey Carlos IV el 27 de diciembre de 1789, mismo año de su llegada.

El periodo de gobierno de Revillagigedo ha sido descrito por numerosos historiadores como el más fecundo de los años del virreinato. Con un espíritu animado por la Ilustración y con una gran entrega a las tareas del gobierno (se dice que sólo dormía cuatro horas), continuó la aplicación de la nueva Ordenanza de Intendentes, que creaba “intendentes” encargados de conocer las “causas” (tareas) de hacienda, justicia, guerra y policía, así como doce “intendencias” (Durango, Guadalajara, Guanajuato, Mérida, México, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Sonora/Sinaloa, Valladolid, Veracruz y Zacatecas) divididas en “distritos” que agrupaban determinadas jurisdicciones ya establecidas (gobernaciones, alcaldías mayores y corregimientos). Al efecto elaboró numerosas leyes, decretos, reglamentos y bandos para mantener el poder del virrey, resolver los problemas surgidos de la reforma, simplificar los complicados sistemas de administrar la justicia y promover el avance económico, social y cultural de la colonia.

Durante su administración mejoró el aspecto de la capital de Nueva España: reafirmó su traza cuadricular, abrió nuevas calles, creo zonas verdes, reglamentó la construcción de edificios, retiró los puestos de alimentos del palacio virreinal y de sus alrededores, reubicó el comercio ambulante a los mercados del Volador y del Factor, regularizó la recolección de la basura, prohibió la presencia de animales de corral en la vía pública y la defecación en las calles y banquetas, y hasta ordenó cómo debían vestirse los pobres (muchos sólo se tapaban con una raída y rota sábana). Artemio del Valle-Arizpe (Virreyes y Virreinas de la Nueva España) escribió acerca de esta labor: “En todo puso Revilla Gigedo su entusiasmo y su iniciativa genial, una dedicación constante y las claras luces de su talento. Todo lo reformó con provecho. No hubo cosa en la que él no pusiera su atención que no quedara perfecta. La ciudad quedó limpia, se volvió de caldero negro en taza de oro. Tuvo banquetas, tuvo empedrado, tuvo alumbrado, albañales, buena policía. Parece que sonaban más claras las campanas en aquel aire límpido, ya sin malos olores que lo enturbiaran”.

Así, la Ciudad de México llegó a ser la mejor urbanizada de su tiempo, y la majestuosidad de sus edificios la hicieron merecer el calificativo de "Ciudad de los Palacios".

Revillagigedo estableció un sistema regular de correo; fundó escuelas populares, el Real Colegio de Minería (en 1792), así como las cátedras de Biología, Anatomía y Fisiología. Impulsó el cultivo de plantas textiles y reglamentó el corte de madera. También aceleró la reparación de caminos a ciudades tan importantes como Veracruz y Acapulco, y la construcción de comunicaciones a Mazatlán y Toluca……

 Por su extraordinaria labor de gobierno, el rey le dispensó el juicio de residencia secreto, pero en la sesión pública, el 9 de enero de 1795, el Ayuntamiento de México, dolido por la marginación en que vivió durante ese periodo virreinal, acusó a Revillagigedo de abusos de toda índole (todos infundados o insignificantes), por lo que se constituyó en su acusador en el juicio de residencia al que se le sometió. Marchó de regreso a España y para dejar en claro su prestigio, eficacia y honor, el conde de Revillagigedo fue nombrado director general de Artillería. Turnado el caso al Consejo de Indias, Revillagigedo obtuvo, después de su muerte, una sentencia absolutoria que puso en alto su honor, además de que el pago de las costas del juicio recayó sobre los regidores que lo acusaron.

Revillagigedo falleció en Madrid el 12 de mayo de 1799. En México, en donde la memoria popular recogió varias anécdotas que refieren su vocación de justicia, fueron realizadas grandes exequias. El rey quiso para honrar su memoria, que para que no se perdiera su ilustre nombre dado que no tuvo descendientes, que su hermano el conde de Güemes, se titulase en primer lugar “conde de Revillagigedo”; además, dispuso que todos los que en adelante fuesen virreyes en Nueva España, siguiesen en todo el método establecido por Revillagigedo…..”

(https://www.memoriapoliticademexico.org/Biografias/RJV40.html, por Doralicia Carmona Dávila. . También puede verse:

(https://www.biografiasyvidas.com/biografia/r/revillagigedo.htm);

 (https://books.openedition.org/ifea/4487?lang=en, por Regina Hernández Franyuti);

(https://www.historia.palacionacional.info/visita-informativa/virreinato-finales/personaje/64-el-segundo-conde-de-revillagigedo.html);

Financiamiento del gasto español con el impuesto Americano (343, 344) – “…Los impuestos han existido desde que el mundo es mundo, pero desde el descubrimiento de América, y concretamente desde que se descubrió que había metales preciosos y otros productos susceptibles de ser utilizados en beneficio de la Monarquía Hispánica, los Reyes peninsulares y en menor medida los Virreyes americanos impusieron una serie de impuestos para engrosar las arcas reales. Aquí se presentan algunos de ellos... El impuesto de la avería se cobraba proporcionalmente sobre todas las mercancías que se llevaban o traían de las Indias y estaba destinada a sufragar los gastos de las Armadas que protegían las flotas que iban y venían.. El impuesto del almojarifazgo de Indias, cobrado tanto en Sevilla como en los puertos americanos sobre la totalidad de las mercancías intercambiadas entre España y sus colonias, excepto armas, municiones, azogues y demás pertrechos remitidos por la Real Hacienda.. El derecho de palmeo (volumen ocupado por la mercancía en el navío en metros cúbicos), que supuso que los productos más finos y caros – telas de lujo –  se vieron beneficiados frente a los voluminosos y baratos, lo que primaba la reexportación de manufacturas extranjeras en perjuicio de las españolas, de origen agrario fundamentalmente... También existía el derecho de toneladacantidad fija por tonelada de carga que se cobraba a todos los navíos que viajaban en calidad de registros sueltos.. El derecho de extranjería era un gravamen de tres ducados de plata por cada tonelada de carga aplicada a todas las embarcaciones extranjeras fletadas en la Carrera de Indias... El derecho de San Telmo era el destinado al sostenimiento de la Escuela de Navegación del mismo nombre en Sevilla... La suma de estos impuestos implicaba que cada tonelada de mercancía estaba gravada con un mínimo del 35% de su valor de mercado estimado... Annata era el impuesto aplicado a las rentas generadas por ocupar cargos de diversa índole que se calculaba en función de las ganancias obtenidas en un año... Estanco: Impuesto que se pagaba al adquirir un objeto de lujo como, el tabaco, el aguardiente y los naipes... Diezmo: Impuesto del 10% de las ganancias recaudadas por la Iglesia que  era cobrado directamente por los funcionarios civiles de la Corona, a condición que ésta se encargara de erigir, dotar y mantener las iglesias y parroquias y otras obras de la Iglesia Católica. Este impuesto, correspondiente al 10 por ciento aproximado de los ingresos anuales, era cobrado a hacendados y propietarios de inmuebles rurales... Alcabala: Gravaba todas las transacciones de bienes (sin perjuicio del almojarifazgo), que es comparado con el impuesto general a las ventas... La Bula de la Santa Cruzada fue impuesta en América por el Papa Gregorio VIII, y era pagado por las principales ciudades del Virreinato.. Cabezón: contribución cobrada en razón de las tierras agrícolas no trabajadas (afectaba a los hacendados).

La producción minera contribuía también con el derecho de Cobos o de ensayador, fundidor y marcador mayor. Este impuesto fue establecido por Carlos V en beneficio de su secretario Francisco de los Cobos[2] y ascendía al 1,5% del valor del mineral antes de quintarse. En 1552 fue recuperado por la Corona. Era un impuesto que se cobraba por todas las barras fundidas en la casa de quintos para hacer monedas… Derrama: contribuciones que daban a la Corona los súbditos cuando aquélla se encontraba en guerra.

Gabella: impuesto aplicado a la venta de sal.

Quinto Real: el 20% de la producción minera le pertenecía al Rey, durante el siglo XVIII el quinto se rebajó al 10% para fomentar la legalización de la producción de plata… Sínodo: porcentaje del tributo que se orientaba a sostener al cura doctrinero[3] Tributo indígena: pagado por los indios de manera comunal, los nativos tenían esa obligación en su condición de vasallos del Rey… La sisa era un impuesto temporal a los comestibles (carne y vino) destinado a la conservación de los acueductos de Santa Fe y de Chapultepec (México) y de los conductos subterráneos que distribuían el agua potable en la ciudad… Desde finales del siglo XVI casi toda la alta nobleza había perdido el oficio o costumbre de combatir y/o luchar en las guerras, por lo que Felipe IV creo el impuesto de servicio de lanzas por el que cada duque tenía que mantener a 20 soldados y cada marqués a 10. En 1631, cada duque tenía que pagar 7.000 reales anuales y cada marqués 3.600… Otros impuestos: Los bienes mostrencos, sobre los muebles y semovientes, los oficios renunciables y la avería de plata y la Unión de Armas[1], las derramas para los indianos, para obras públicas los pontazgos, peajes y prorratas de indios.

Hacienda ingresaba por impuestos y tributos, composiciones de tierras, donativos, etc. Su cobro recaía directamente sobre la Corona… Otro impuesto era el de las tierras; en 1591, el Rey ordenó que todos los propietarios presentaran los títulos que acreditaban su propiedad, en caso contrario, las tierras volverían a la Corona para nuevos repartos. La finalidad recaudatoria que perseguía esta medida tomó forma en la composición de tierras. Se trataba del pago a la Hacienda de ciertas cantidades de dinero a cambio del título de confirmación de tierras poseídas legalmente, así como las obtenidas por métodos ilegales… La provisión de empleos públicos fue otra fuente de ingresos. Durante el siglo XVII fue bastante frecuente que corrió paralelo a la venta de oficios… El impuesto del papel sellado (1640) que obligaba a la utilización de papel impreso con escudo real, año y precio para consignar todos los actos jurídicos… También había impuestos que gravaban las rentas estancas que proporcionaban el uso de los naipes, el azogue o el tabaco… Las rentas eclesiásticas también ingresaban las arcas de Hacienda, la bula Eximie Devotionis de Alejandro VI en 1501, que concedió a la Corona la gestión de los diezmos eclesiásticos para atender las necesidades de la labor evangelizadora, aunque los indios quedaron exentos de este impuesto. A las Arcas Reales llegaban los dos novenos de dichos diezmos. Fue impuesto por los Reyes Católicos, consistía en que el 10% de la producción de la tierra o beneficio se dedique a la Iglesia Católica,… El impuesto de Los Millones era durante los siglos XVI y XVII un impuesto indirecto sobre la alimentación instaurado por Felipe II y aprobado por las Cortes de Castilla el 4 de abril de 1590. En un principio este impuesto se creó como respuesta temporal al desastre de la Grande y Felicísima Armada (Armada Invencible) para construir una nueva Armada y costear el esfuerzo militar que llevaba a cabo en ese tiempo España fuera de sus fronteras. El impuesto consistía en proveer a la corona para tales efectos de ocho millones de ducados al año por seis años (de 1590 a 1596) extraídos a los contribuyentes castellanos a través del vino, la carne, el aceite y el vinagre. El impuesto fue renovado por las Cortes en 1596. Este impuesto también fue usado por los sucesores de Felipe IIFelipe IIIFelipe IV y Carlos II…. La complejidad del sistema fiscal hizo que para el cobro de estos servicios de millones se establecieran los llamados cientos como elevación del tipo teórico de las alcabalas. Este nuevo impuesto supuso un mayor empobrecimiento de la población castellana a lo largo del siglo XVII al subir el precio de las materias básicas….”. (https://revistadehistoria.es/impuestos-coloniales-monarquia-hispanica/, por José Alberto Cepas Palanca). También puede verse:

(http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2448-65312016000100065, por Aaron Pollack); https://eldatonumismatico.wordpress.com/la-bancarrota-de-la-nueva-espana/, por Carlos Marichal).

La pardocracia (345) – “….Durante el período colonial, resulta interesante señalar que pardo es en definitiva todo aquel que no es blanco, bien sea en la práctica (por el color de piel) o... teóricamente (y aquí han de tenerse en cuenta las tentativas, frecuentemente exitosas, de enblanquecimiento a raíz de la promulgación de la Real Cédula de Gracias al Sacar de 1795 que autoriza a blanquearse, previo pago, en los documentos oficiales, registros parroquiales y otros testimonios de una realidad social y cultural apenas tangible), y con respecto a estas definiciones negativas, puede decirse que su uso se había generalizado en contra de los negros y descendientes de esclavos en general. Son numerosos los procesos y reclamaciones expuestos a las autoridades eclesiásticas por parte de padres pardos que se oponen a la unión de sus hijos con un representante de esta categoría social inferior, en suma por «desigualdad étnica», apelando a textos que se supone han de proteger de hecho a los representantes de las élites locales (blancas) de este tipo de malos casamientos (étnicos o económicopatrimoniales). En efecto, ese fue el papel de las pragmáticas publicadas en toda la América española en 1776 y, sobre todo, en 1803, fecha del texto más restrictivo en este sentido. En la mayor parte de los casos las autoridades eclesiásticas compartían la reacción de rechazo con respecto a esta perniciosa “mezcla de razas”, como el factor de “confusión de clases” por excelencia. 2 Y a la inversa, son igualmente frecuentes las tentativas de blanquearse y de denunciar las ofensas al honor cuando un vecino carente de delicadeza confunde, errónea o acertadamente, los orígenes de unos y otros. Aun así, la frecuencia con que surge este tema, y el temor que produce en el seno de las élites (fácilmente percibible leyendo las actas del Cabildo de Caracas), por la presión numérica y social de los pardos, pone de manifiesto una realidad innegable, la de un mestizaje muy extendido, al mismo tiempo biológico y cultural, sean cuales fueren las formas de resistencia inducidas por esta progresión y por el surgimiento de una “élite” interna a este grupo. Recordemos que tal crecimiento demográfico se remonta a las primeras décadas del siglo XVI, cuando empezaron en serio las importaciones de mano de obra africana destinada a las haciendas de cereales y luego, a lo largo del siglo XVI, a las haciendas de cacao. En consecuencia, es en el transcurso del siglo XVII cuando se generaliza el uso de este término, para designar a los mestizos, hijos de blancos y negros. En el siglo XVIII, si atendemos a un texto de fray Lorenzo de Zaragoza (1694), más que el estatuto social, se apunta así al color oscuro de la piel (el color pardo). No obstante, a la etimologia original se añade otro elemento, si tenemos en cuenta la definición que propone Juan de Solórzano en su Política Indiana, la de ser descendientes de negros libres, igualmente cualificados como morenos. Una definición que retoma un siglo después el teólogo franciscano Juan Navarrete. 3 Pero la imprecisión persiste, puesto que en el siglo XVIII son designados así los mestizos que pertenecen a los diferentes grupos etnicos, aunque los mantuanos que dominan el Cabildo caraqueño no vacilan mucho a la hora de aportar un poco de precisión, seguidos en esto por el obispo Ibarra (quién denuncia la “confusión de clases”): reservaban insistentemente el término pardo a los descendientes de esclavos (convirtiéndose en el equivalente de mulato) y el de morenos a los otros mestizos. Esta práctica, algo fluctuante y con fuertes connotaciones sociales reaparece a intervalos regulares en los registros bautismales, donde el término moreno, más general, y en apariencia menos “infamante”, es preferido por los sacerdotes. En definitiva éste cubre acepciones tan diversas como mulato, zambo (indigena y negro), coyote (mestizo e indigena), tercerón o cuarterón etc, si recurrimos al vocabulario hiper-especializado que se utilizaba en la Nueva España. Esta diversidad cuestionaría los fundamentos mismos de la sociedad, sus instituciones, y en particular la militar, según sus nobles defensores. Por ello, la designación en 1769 de Sebastián de Miranda, padre del Precursor, como capitán de una milicia de blancos (la Sexta Compañía de Fusileros del nuevo Batallón de Blancos Voluntarios), sirve de pretexto a la nobleza local para denunciar rápidamente el escaso interés del gobernador, o mejor dicho la aversión, que esta nobleza le inspira, y la incoherencia que supone nombrar como oficiales de la milicia a personas “de baja condición”: peluqueros, panaderos, zapateros, etc. Y eso sin contar con las reticencias explicitas expresadas por los miembros del aristocrático Cabildo caraqueño. Entre los artesanos vituperados por los mantuanos figura evidentemente Sebastián de Miranda, cuyo nombramiento es percibido como un “insulto” a la nobleza: “No es lo mismo ser un plebeyo isleño de Canarias, e hijo de un barquero allá, y ser cajonero y mercader aquí, que ser aquí mismo caballero noble, cruzado y aun titulado”. En ningún caso el Cabildo acusa abiertamente a Sebastián de Miranda de ser pardo, pero se indica cuidadosamente que “ese era el rumor que circulaba...”. 4

Sin embargo, pocos han sido los estudios consagrados como tal a esta categoría social y étnica, antes de que las preocupaciones más estrictamente contemporáneas e inmediatas la pusieran de moda. El silencio es así más expresivo que cualquier otra negación u olvido explicito. Pero, el pardo, el mestizo en general, forma parte indisoluble de un imaginario colectivo, que incluye igualmente las rebeliones del período colonial (Chirinos, Juan Francisco de León, aunque éste fuera de hecho de origen canario, etc.). Miranda mismo, o al menos su padre, fue “acusado” de ser pardo por los mantuanos deseosos de quitarle el mando de las milicias urbanas. 5 Asimismo están presentes en la gesta bolivariana: nutrieron los batallones del ejército del Libertador. Y participan, a veces de manera negativa, de algunos de los mitos fundadores de la nación venezolana. En ese sentido, no conocerán transformaciones radicales sino con la evolución de la imagen nacional que se da bajo los gobiernos positivistas y se reafirma gracias a las políticas populistas del siglo XX, en particular durante el período democrático que inicia en 1958 con el derrocamiento de la dictadura de Pérez Jiménez y la alternancia de partidos en el poder. El hecho de que un historiador haya llegado a evocar la “pardocracia” es explicito al respecto, y revelador además de los cambios y resistencias que se habían venido dando a lo largo del siglo XIX…..”

(https://www.researchgate.net/publication/332105906_La_pardocracia_o_la_trayectoria_de_una_clase_peligrosa_en_la_Venezuela_de_los_siglos_XVIII_y_XIX#:~:text=full%2Dtext%20PDF-,La%20pardocracia%20o%20la%20trayectoria%20de%20una%20%E2%80%9Cclase%20peligrosa%E2%80%9D%20en,los%20siglos%20XVIII%20y%20XIX&text=Resultante%20de%20un%20doble%20proceso,nacional%2C%20de%20un%20tratamiento%20diferencial., por Frédérique Langue). También puede verse:

(https://www.researchgate.net/publication/231924458_Simon_Bolivar_and_the_Spectre_of_Pardocracia_Jose_Padilla_in_Post-Independence_Cartagena, by Aline Helg);

(https://www.scielo.br/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0104-44782012000200004, by Aline Helg);

(https://www.redalyc.org/pdf/937/93717337006.pdf, por Jorge Conde Calderón);

https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-41590774, por Darío Brooks);

(https://www.jstor.org/stable/948085?seq=1, por Waldemar Axel Roldán);

(http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0186-03482013000300001, por Ulrike Bock)

El criollo hispanoamericano (344, 345, 346) – “….Del portugués crioulocriollo es un término que surgió en la época colonial para nombrar a las personas nacidas en América que descendían exclusivamente de padres españoles o de origen español.

Es interesante recalcar que no siempre estuvieron bien vistos los criollos. Así, por ejemplo, se sabe que durante el siglo XVI y tiempo después en el Virreinato de Nueva España, ubicado por el Imperio Español en la zona de México, estaba prohibido el matrimonio entre funcionarios españoles y una criolla, es decir, la mujer blanca y de padres españoles que había nacido en América.

También se conocía como criollos a los negros nacidos en el territorio americano. El término, en este caso, se utilizaba para diferenciar a estos ciudadanos americanos de raza negra de aquellos que habían llegado desde África como esclavos.

La noción de criollo, en la actualidad, permite referirse a las personas nacidas en un país hispanoamericano, pero también para resaltar a los sujetos u objetivos con características propias y distintas de estos países. Criollo es, por lo tanto, algo propio, distintivo o autóctono de Latinoamérica.

El calificativo de criollo involucra lo producido en una de estas naciones, sobre todo en lo referente al ámbito cultural. En Argentina, por ejemplo, lo criollo está asociado al ámbito gauchesco y tradicional…..

(https://definicion.de/criollo/)...... En las postrimerías de la Colonia, un grupo de criollos buscó y promovió nuevas formas de gobierno. A pesar de las prohibiciones de leer libros que podrían suscitar una rebelión, este grupo tuvo acceso a una literatura que le puso al tanto de la independencia de las colonias inglesas de Norteamérica, así como de la Revolución Francesa, y le ilustró con las ideas de la época. Como en el resto de la América española, los criollos tomaron la iniciativa de cambio hallando vocero y guía en los consejos municipales, en los ayuntamientos, que resurgieron en 1808. En este mismo año, los criollos del Ayuntamiento de México solicitaron al virrey dictase disposiciones para que Nueva España se gobernara de manera autónoma y con una legislación local, mientras la metrópoli estuviese ocupada por los franceses. En la búsqueda de autonomía se sustentó el proceso que conllevó a la independencia. Dio curso al anhelo de la soberanía nacional, para que de ella emanara una legislación propia. A aquella etapa sucederían otras durante las cuales la soberanía sería una constante en la mente, en los programas, así como en la ley de los mexicanos que nos negamos a ser sujetos o dependientes de otros individuos o naciones, ya en tiempos de lucha o de paz….” (http://www.diputados.gob.mx/museo/s_prin12.htm).

También puede verse:

(https://dle.rae.es/criollo);

(https://www.alainet.org/es/active/57182, por Fortunato Esquivel);

(https://encolombia.com/medicina/revistas-medicas/academedicina/va-81/elcriolloilustradoylacienciamoderna/, por Dra. Maryelis Rivero Seña);

(https://journals.openedition.org/alhim/3431, por Tomás Pérez Vejo);

(https://www.nexos.com.mx/?p=4638, por Enrique Florescano);

(http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1870-879X2017000100015, por Carlos Federico Campos).

José Leonardo Chirino (jjj) -

 “….Cabecilla de la insurrección de negros y zambos surgida en la serranía de Coro en 1795. Hijo de un esclavo al servicio de la familia Chirino, nació libre por ser su madre una india. Casó con una mulata llamada María de los Dolores con quien tuvo 3 hijos: María Bibiana, José Hilario y Rafael María. Pasó más tarde a servir a José Tellería, rico comerciante y síndico procurador de Coro, a quien acompañó en uno de sus viajes al Santo Domingo francés (luego Haití). Allí pudo informarse de los primeros movimientos insurreccionales de negros y mulatos. De regreso a Venezuela se unió a un grupo de conjurados que se reunían en el trapiche de la hacienda Macanillas (Curimagua, Edo. Falcón), entre los que estaba José Caridad González, un loango muy informado de las ideas de la Revolución Francesa. A partir del 3 de mayo de 1795, empezaron a preparar la insurrección que estalló el día 10. Pasaron a la hacienda El Socorro, donde adoptaron su programa revolucionario: establecimiento de lo que llamaban la Ley de los Franceses, es decir la República; eliminación de la esclavitud e igualdad de las clases sociales; supresión de los privilegios; derogación de los impuestos de alcabala. Casi todos los partidarios de Chirino eran negros de la tribu de los «loangos» o «minas». La idea era tomar todas las haciendas de la zona, reclutar hombres, asegurar el paso hacia Coro y después hacer entrada a esa ciudad. Luego de dar muerte a algunos blancos y realizar varios saqueos, se entregaron a la celebración demorando la toma de Coro, con lo cual dieron tiempo a las autoridades de organizar la defensa. Los insurrectos fueron repelidos, por lo que muchos murieron, otros fueron apresados y los más afortunados huyeron. Chirino, perseguido por las autoridades, pudo escapar y refugiarse en la selva hasta que traicionado por un conocido en Baragua, cayó preso, en agosto de 1795. Trasladado a Caracas, la Real Audiencia lo condenó, el 10 de diciembre de 1796, «como agente activo del delito de subversión» a muerte en la horca, sentencia que se ejecutó en la plaza Mayor de esa ciudad. Su cabeza, puesta en una jaula de hierro, se colocó en el camino hacia los valles de Aragua y Coro. Sus 2 manos cortadas se fijaron en Caujarao y Curimagua. Su esposa e hijos fueron condenados a ser vendidos como esclavos lejos del sitio en el que vivían: María de los Dolores y Rafael María, en Caracas, y María Bibiana y José Hilario, en Puerto Cabello, aunque su esposa no pudo ver ejecutada la sentencia, pues enfermó y murió al poco tiempo. El movimiento de Chirino y José Caridad González fue una verdadera insurrección, cuya importancia política, económica y social ha sido reconocida por los historiadores que lo han estudiado. Con motivo de cumplirse los 200 años de la insurrección encabezada por Chirino, el Ejecutivo Nacional, el Congreso de la República y diversas instituciones culturales del país, acordaron homenajear al luchador social. Entre los actos realizados estuvo la develación de una placa conmemorativa en el Panteón Nacional, el 10 de mayo de 1995, con lo cual quedó reconocida oficialmente su presencia al lado de los otros próceres venezolanos…..” (https://bibliofep.fundacionempresaspolar.org/dhv/entradas/c/chirino-jose-leonardo/, por Paul Verna). También puede verse:

(https://www.venezuelatuya.com/biografias/chirinos_jose_leonardo.htm);

(https://sites.google.com/site/movimientocu/home/jose-leonardo-chirino);

(https://memoriasdevenezuela.wordpress.com/2016/08/15/jose-leonardo-chirino-y-la-insurreccion-de-coro-en-1795/, memorias de Venezuela);

(http://venezuelaehistoria.blogspot.com/2015/12/jose-leonardo-chirino.html, por Sonia Verenzuela).

Apéndice

La rebelión negra y mulata de Coro -1795 (345) – 

Rebeliones de Esclavos Negros en Venezuela Antes y Después de 1789, por Reinaldo Rojas (CIHALC)

III. La rebelión de los esclavos negros en el tiempo histórico de la Revolución Francesa (1789-1847), páginas 158 y 159. 

EN: https://core.ac.uk/download/pdf/58906258.pdf

“….Entre el año de 1797 y 1804 se suceden en Venezuela tres importantes movimientos dentro del cuadro general de influencias de la Revolución Francesa y el proceso emancipador y antiesclavista de Haití: la insurrección de los negros en Coro, 1795, la conspiración de Gual y España en 1797 y la conspiración de Maracaibo de 1799. La pregunta que sigue es la siguiente: ¿Hubo influencia de las ideas de la Revolución Francesa y de los jacobinos negros de Haití en estos movimientos? y de ser afirmativa la respuesta, ¿cuál fue el grado de esa influencia, las vías de contacto y el tipo de ideas predominantes? Sin que nuestro objetivo sea responder con rigurosa exactitud estas cuestiones, pasemos revista a cada uno de estos movimientos. Empecemos por el de Chirino. Este levantamiento de negros esclavos, indígenas sujetos al pago de tributo y de mestizos libres, se desarrolló en la serranía y costas de Coro en 1795, es decir, cuando ya se había proclamado la libertad de los esclavos en Saint-Domingue. Concuerdan los historiadores que han estudiado este levantamiento como Pedro Manuel Arcaya, Manuel Vicente Magallanes y Federico Brito Figueroa en destacar las causas económico-sociales del conflicto pero con un nuevo elemento, cual es el relativo a los acontecimientos en Francia y Haití que le dieron impulso a la insurrección. Arcaya, por ejemplo, al comentar el papel de los acontecimientos franceses que ya se conocían en La Guaira, afirma: "A Coro llegaron también por diversas vías esos rumores, y eran objeto de la pública curiosidad, que tomó caracteres de alarma cuando, en el curso de la guerra franco-española, solían aparecer en las costas de Coro, especialmente en el Puerto de la Vela, corsarios franceses"^^.Y señala más adelante Pedro Manuel Arcaya: 'José Leonardo, cuando vivía en Curímagua, casi siempre estaba en la hacienda y casa de D. José Tellería, y ya desde fines de 1794 ó principios de 1795, comenzó a poner atención á las conversaciones de los amos y a averiguar por medio de otros criados lo que ellos decían y lo que repetían los jóvenes a que antes he hecho referencia. Fue así como tuvo noticia de que había algo que él llamaba la "ley de los franceses", cuya realización haría la felicidad del pueblo". Y dice finalmente Arcaya: "Circulaban ya también los rumores del alzamiento de los negros de Haití, y José Leonardo, que los había visto años atrás y así sabía que no le eran superiores, afirmóse en su íntima creencia de que él podía encabezar una revolución"^'. Se refiere el historiador venezolano a los viajes que Chiríno pudo hacer a Curazao y Haití en actividades de comercio acompañando a Tellería. Pero hay además otro elemento importante. Se trata de la continua fuga de esclavos de Curazao a las costas de Coro, estableciéndose en las serranías y en la parte sur de la ciudad, en las tierras realengas de Macuquita. Estos esclavos fugados constituyeron una comunidad de negros libres llamados loanoos o minas, entre los cuales figuraba José Caridad González, quien además del castellano, el patuá de Curazao y su idioma africano, hablaba también el francés. González facilitaba a sus compañeros de Curazao la fuga y establecimiento en Coro. Federico Brito Figueroa por su parte, estudia esta insurrección partiendo del análisis de las condiciones económico-sociales a que estaban sometidos los negros esclavos, los loanoos. mestizos, así como los indígenas sujetos al pago de tributo por parte de los grandes propietarios córlanos. A ello agrega las reformas fiscales que propugnadas por el Despotismo Ilustrado español se transformaron en un aumento de los tributos y los impuestos en tos sectores productivos no poseyentes de la sociedad coriana, situación social que condicionó y determinó el surgimiento de la insurrección, pero con un elemento de naturaleza diferente a los encontrados en los alzamientos anteriores: los principios proclamados por la Revolución Francesa y haitiana, que favorecieron el levantamiento de los negros de la Sierra. De los principios que orientaron la insurrección y que este historiador venezolano considera como el programa de la insurrección, tenemos: Aplicación de la ley de los franceses, es decir, instauración de una república democrática. En segundo lugar, liberación de los esclavos y supresión de la servidumbre. Eliminación de los tributos y estancos, demora y alcabala y, en cuarto lugar, eliminación de la nobleza blanca". Esta insurrección, aplacada violentamente por las autoridades españolas con el apoyo irrestricto de los blancos propietarios de Coro, fue seguida por dos conspiraciones donde la influencia de las ideas revolucionarias francesas se presenta con mayor claridad: la conspiración de Gual y España de 1797 y la conspiración de Maracaibo de 1799…..” (https://core.ac.uk/download/pdf/58906258.pdf, por Reinaldo Rojas). También puede verse:

(http://www.larramendi.es/i18n/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=1000201, por Javier Laviña);

(https://www.persee.fr/doc/carav_1147-6753_1990_num_54_1_2429, por Federico Brito Figueroa);

(https://journals.openedition.org/nuevomundo/75193, por Frédéric Spillemaeker)

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